DESESTIMADA POR LA AUDIENCIA NACIONAL LA DEMANDA QUE DENUNCIABA LA DOBLE ESCALA SALARIAL Y EL FRAUDE EN LA CONTRATACION

Tres resoluciones de  tres Inspecciones de Trabajo diferentes (Álava, Valladolid y Burgos) certifican que Michelin contrata en fraude de Ley, y la Audiencia Nacional nos dice, que el Art. 32 del Convenio en su redacción, no es nulo.

Puede que en su lectura no lo sea, pero lo que está claro es que en su aplicación a la hora de contratar incurre en ilegalidad, vulnerando el Art. 15.1 a) del E.T. (Estatuto de los Trabajadores).

De hecho la sentencia apunta a que sean los trabajadores quienes demanden sus contratos, haciendo referencia y dando por buenas  las actuaciones de las Inspecciones de Trabajo, que declaran los contratos que hace Michelin (por circunstancias de la producción y obra o servicio) en Fraude de Ley.

Lo peor en este asunto no es la decisión del tribunal que a fin de cuentas se limita a aplicar las Leyes que dictaron otros, para salvaguardar intereses que no son los nuestros, lo realmente grave es que algunos sindicatos que dicen defender los intereses de los trabajadores, celebren como suyas las “victorias” del patron, defendiendo contratos fraudulentos, así como dobles escalas salariales encubiertas, por una simple cuestión de antigüedad.

Como dijo Simone de Beauvoir “El opresor no sería tan fuerte si no tuviese cómplices entre los oprimidos”

C.G.T. creemos que lo que pedimos es de Justicia y recurriremos ante el T.S. (Tribunal Supremo)

Última modificación: 25/01/2018