Existen dos formas de interpretar la Ley. La primera es la humana, la terrenal, mientras que la segunda forma parte de lo divino, lo celestial. En la Consejería de Educación trabajan seres terrenales como los demás, pero con mentes capaces de entender las cuestiones legales de forma divina, no como el resto de simples mortales.

¿SABÍAS QUE NO SE ESTA EXIGIENDO UN MÍNIMO DE ALUMNADO EN BACHILLERATO PARA IMPARTIR RELIGIÓN?

Es una interpretación de la normativa que se ha sacado de la manga el Director General de Política Educativa, que ha enviado una comunicación a los centros en la que informa que prevalecerá el derecho a recibir enseñanza de Religión en 1º de Bachillerato, con independencia del número de alumnado que lo solicite. Sin embargo, la normativa que desarrolla la LOMCE establece explícitamente para las materias que no son troncales una ratio mínima de 7 alumnos en zonas rurales, 10 en urbanas y en ningún momento señala excepción alguna para la Religión. De hecho, CGT ha encontrado centros de la región con grupos de Religión en 1º de Bachillerato con menos alumnado de lo exigido.

¿SABÍAS QUE EL  PROFESORADO DE RELIGIÓN PUEDE SER JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES?

En otra interpretación surrealista la Dirección General de RR.HH. dice en una Instrucción que el Profesorado de Religión podrá ser nombrado jefe de Dpto. de Extraescolares en los mismos términos y condiciones que el resto de docentes. Pues bien, lo que realmente dice el DECRETO 86/2002 es que el jefe de Dpto. de Extraescolares debe ser un docente con destino definitivo en el centro, cosa que no ocurre con el Profesorado de Religión.

¿SABÍAS QUE AL PROFESORADO DE RELIGIÓN EN PRIMARIA LE CUENTAN Y PAGAN HORAS LECTIVAS QUE A NADIE MÁS LE CUENTAN?

En la misma Instrucción que en el punto anterior, la Dirección General de RRHH ha establecido que teniendo en cuenta el impacto de la LOMCE en la materia de Religión y con objeto de mantener el empleo, se reconocerá una hora lectiva de más en Religión por cada línea que tenga el Centro.

Es vergonzoso que al profesorado de Religión en Primaria se le estén pagando horas lectivas que no imparte y esto solo se haga con este colectivo,  apelando al empleo, después de que en todo el Estado tengamos 60.000 docentes menos tras los recortes.

¿SABÍAS QUE EL PROFESORADO DE RELIGIÓN PUEDE SER COORDINADOR DE NIVEL EN LOS COLEGIOS DE PRIMARIA?

Cuando en el ROC de Primaria dice que preferentemente sean docentes con destino definitivo en el Centro.

¿SABÍAS QUE EL PROFESORADO DE RELIGIÓN PUEDE SER TUTOR/A DE UN GRUPO?

Lo cual supone una segregación en función de las creencias religiosas, ya que el tutor/a debe ser aquel que imparta docencia a todo el grupo-clase, obligando a realizar agrupamientos en función de creencias y no de criterios pedagógicos.

¿SABÍAS QUE EL PROFESORADO DE RELIGIÓN PUEDE SER COORDINADOR DE CONVIVENCIA?

Con sus correspondientes deducciones de horas lectivas, por supuesto. Pero, ahora bien, ¿atenderá este personal de igual manera a los cristianos católicos, que a los evangelistas, musulmanes, hindúes o ateos?

Última modificación: 15/10/2015