PENÚLTIMOS RECORTES EN EL SACYL
A - Ley 9/2012 - BOCYL 28 de Diciembre de 2012 => Articulo 58 -Vacaciones retribuidas- 22 días hábiles. Articulo 59 -Permisos retribuidos. Articulo 60 -Permisos por Maternidad y Paternidad.Parto, adopción o acogimiento. Articulo 61 -Permisos por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral y por razón de violencia de género..
JORNADA LABORAL = 365 DÍAS – 52 SÁBADOS – 52 DOMINGOS – 14 FESTIVOS – 22 DÍAS DE VACACIONES Y - 3 DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS (MOSCOSOS). Se descontarán 14 horas a todos los turnos de los días 24 y 31 de Diciembre, días considerados no laborables, pero sí como trabajados.
JORNADA LABORAL ANUAL: 222 días x 7,50 horas = 1665 horas anuales. Turno Diurno: 1665 horas anuales. Turno Diurno con jornada complementaria: Con 30 guardias = 1515 horas. Turno Rotatorio: Con 42 noches = 1549 horas. Turno Nocturno Fijo: 149 noches = 1490 horas.Turnos Especiales: Médicos y Enfermeras de Área en ningún caso su jornada laboral será inferior a 1490 horas. Emergencias sanitarias: 1549 horas.
B - Ley 10/2012 (BOCYL 28 de Diciembre de 2012). => Articulo 16 Las retribuciones a percibir en el año 2013 para el Personal de la Gerencia Regional de Salud no experimentarán incremento alguno en su cuantía respecto de los vigentes a 31-XII-2012. Disposición Transitoria Segunda de dicha Ley 10/2012 – Nombramiento de Personal interino y temporal, no se procederá a su contratación salvo en casos excepcionales. Disposición Adicional: Las bolsas de Empleo de Personal Estatutario durante el 2013 se abrirán por una sola vez, posibilitando la incorporación de nuevos candidatos así como la posible aportación de nuevos méritos.