PENÚLTIMOS RECORTES EN EL SACYL 

 A - Ley 9/2012 - BOCYL 28 de Diciembre de 2012 => Articulo 58 -Vacaciones retribuidas- 22 días hábiles. Articulo 59 -Permisos retribuidos. Articulo 60 -Permisos por Maternidad y Paternidad.Parto, adopción o acogimiento. Articulo 61 -Permisos por motivos de conciliación de la vida familiar y laboral y por razón de violencia de género..

JORNADA LABORAL = 365 DÍAS – 52 SÁBADOS – 52 DOMINGOS – 14 FESTIVOS – 22 DÍAS DE VACACIONES Y - 3 DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS (MOSCOSOS). Se descontarán 14 horas a todos los turnos de los días 24 y 31 de Diciembre, días considerados no laborables, pero sí como trabajados.

JORNADA LABORAL ANUAL: 222 días x 7,50 horas = 1665 horas anuales. Turno Diurno: 1665 horas anuales. Turno Diurno con jornada complementaria: Con 30 guardias = 1515 horas. Turno Rotatorio: Con 42 noches = 1549 horas. Turno Nocturno Fijo: 149 noches = 1490 horas.Turnos Especiales: Médicos y Enfermeras de Área en ningún caso su jornada laboral será inferior a 1490 horas. Emergencias sanitarias: 1549 horas.

 B - Ley 10/2012 (BOCYL 28 de Diciembre de 2012). => Articulo 16 Las retribuciones a percibir en el año 2013 para el Personal de la Gerencia Regional de Salud no experimentarán incremento alguno en su cuantía respecto de los vigentes a 31-XII-2012. Disposición Transitoria Segunda de dicha Ley 10/2012Nombramiento de Personal interino y temporal, no se procederá a su contratación salvo en casos excepcionales. Disposición Adicional: Las bolsas de Empleo de Personal Estatutario durante el 2013 se abrirán por una sola vez, posibilitando la incorporación de nuevos candidatos así como la posible aportación de nuevos méritos.

¡SI LUCHAS PUEDES PERDER!

¡SI NO LUCHAS ESTAS PERDIDO!

Última modificación: 15/01/2013