Las Secciones Sindicales son las agrupaciones de afiliad@s de la CGT en la misma empresa o sector de actividad (por ejemplo, la Sección Sindical del Ayuntamiento de Burgos, la componen tod@s l@s trabajador@s del Ayuntamiento afiliad@s a la CGT, la Sección Sindical de Limpiezas, tod@s l@s compañer@s de la CGT de todas las empresas del sector de limpiezas en la provincia).
El funcionamiento interno de las Secciones es similar al del Sindicato, basado en la asamblea y la democracia directa. Las Secciones Sindicales tienen plena autonomía para decidir sobre las cuestiones sindicales de su ámbito de intervención, sin injerencias externas, así como de elegir a sus representantes ante la empresa o en el sector y a l@s delegad@s que acudan a los Plenos del Sindicato.
Las Secciones se coordinan entre sí e informan a todo el Sindicato en los Plenos del Sindicato, que se celebran habitualmente de forma bimensual, alternando con las jornadas de formación interna.
Artículo 10 Estatutos SU de Burgos .- Para constituir una Sección Sindical de empresa o sectorial serán necesarios un mínimo de tres afiliad@s que desarrollarán su actividad dentro del ámbito territorial del Sindicato, manteniendo informado periódicamente al mismo de su actividad, con objeto de obtener la solidaridad y el apoyo necesario en el desarrollo de la citada actividad. Las Secciones Sindicales adaptarán sus normas de funcionamiento interno a las generales y demás acuerdos del Sindicato. Para poder acudir al Pleno del Sindicato será obligatoria la convocatoria de la asamblea de afiliad@s de la Sección.